Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
14-01-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120114-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

87
Ejecución 203 de 2011

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 203 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Layachi Msaouri Ghamat, contra la empresa “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y diligencia de fecha 5 de diciembre de 2011 siguientes:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Segura Rodríguez.—En Madrid, a 5 de diciembre de 2011.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Layachi Msaouri Ghamat, frente a “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, por un principal de 13.561,40 euros, más 813,68 euros y 1.356,14 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ana Belén Requena Navarro.—En Madrid, a 5 de diciembre de 2011.

Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 13.561,40 euros de principal y 813,68 euros y 1.356,14 euros de intereses y costas, y habiéndose dictado por el Juzgado de lo social número 36 de Madrid, en el procedimiento de ejecución número 117 de 2011, decreto de insolvencia de fecha 15 de noviembre de 2011, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboral, a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Notifíquese a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición.

Así lo mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.459/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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