Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
13-12-2011

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111213-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTIDUEÑA DE TAJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

49
Precio público actividades extraescolares

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 26 de octubre de 2011, adoptó el acuerdo siguiente:

Fijación del precio público por la realización de las actividades extraescolares:

Artículo 1. Fundamento legal.—En uso de las atribuciones conferidas en los artículos 41 a 47 y 127 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por la realización de las actividades extraescolares.

Art. 2. Nacimiento de la obligación.—La obligación de pagar el precio público nace desde que se inicie la realización de la actividad.

Art. 3. Obligados al pago.—Estarán obligados al pago del precio público quienes se beneficien de las actividades extraescolares.

Art. 4. Cuantía.—La cuantía de los derechos a percibir por el precio público será de 12 euros al mes.

Art. 5. Cobro.—La obligación de pagar el precio público nace desde que se inicia la realización de la actividad.

Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio, la actividad no se preste o desarrolle, procederá a la devolución del importe correspondiente.

Las deudas por precios públicos se exigirán por el procedimiento de apremio.

DISPOSICIÓN FINAL

El acuerdo de establecimiento de este precio público fue adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 26 de octubre de 2011 y comenzará a regir al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Fuentidueña de Tajo, a 28 de octubre de 2011.—La alcaldesa (firmado).

(03/40.274/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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