Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
22-11-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111122-174

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

174
Demanda 654 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 654 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Viktor Ivanov, contra la empresa “Construcciones y Albañilería 2 Castillas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 22 de febrero de 2011.

La pongo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con fecha 19 de enero de 2011 ha sido presentado en este Juzgado el precedente escrito de formalización del recurso de suplicación anunciado, a la vez que se devuelve por el letrado de la parte recurrente el procedimiento que a estos efectos le fue entregado.—Doy fe.

Diligencia de ordenación del secretario judicial.—En Madrid, a 22 de febrero de 2011.

Dada cuenta; presentado el anterior escrito de formalización del recurso, fórmese con el mismo pieza separada, que se encabezará con testimonio de la resolución recurrida.

Se tiene por formalizado en tiempo y forma el recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto en su día contra la sentencia dictada en este proceso, dese traslado del recurso a la parte recurrida, por medio de copia del mismo que se adjunta, para que dentro del plazo de cinco días formule, si así le conviene, escrito de impugnación de tal recurso con tantas copias como partes haya en el procedimiento, el cual deberá llevar la firma de letrado para su admisión a trámite, y transcurrido dicho plazo, háyase o no presentado impugnación (artículo 195 de la Ley de Procedimiento Laboral), elévense las actuaciones, con atento oficio, al citado Tribunal para la sustanciación del mismo.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (2805/0000/30/número de procedimiento y año), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta). Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Albañilería 2 Castillas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.687/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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