Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
21-11-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111121-125

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

125
Demanda 733 de 2011

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 733 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carmen Leticia Morán Loor, contra las empresas “Salazar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y “Monje de Diego Servicios Integrales”, sobre despido, se ha dictado la resolución, cuya parte dispositiva es como sigue:

En nombre del Rey se ha dictado la siguiente

Sentencia número 501 de 2011

En Madrid, a 18 de octubre de 2011.—Su señoría ilustrísima, doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre despido, seguidos a instancias de doña Carmen Leticia Morán Loor, asistida de la letrada doña María Spina Carrera, colegiada número 42.453, contra “Salazar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y “Monje de Diego Servicios Integrales”, que no comparecen.

Fallo

Procede estimar en parte la demanda presentada por la demandante doña Carmen Leticia Morán Loor, contra las empresas codemandadas “Salazar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, “Monje de Diego Servicios Integrales”, y el Fondo de Garantía Salarial en reclamación sobre despido, declarar la improcedencia del despido, extinguida la relación laboral con efectos del día de hoy, de conformidad con lo establecido en el artículo 284 de la Ley de Procedimiento Laboral, y condenar a la empresa codemandada “Salazar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, para que abone al demandante la cantidad de 1.646,7 euros en concepto de indemnización, más los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido (producido el 31 de mayo de 2011) hasta la fecha de esta sentencia a razón de 15,04 euros día. Con absolución de la empresa codemandada “Monje de Diego Servicios Integrales”, y el Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de este último de sus responsabilidades legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/000733/11, el importe del principal y 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Salazar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y “Monje de Diego Servicios Integrales”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de octubre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/37.272/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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