Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
08-11-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111108-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1

EDICTO

155
Demanda 98 de 2008.2-R

Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 98 de 2008.2-R de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Romero Miranda, contra la empresa “Transporte y Logística Alcarreña, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

1.o Estimo en parte la demanda de don Miguel Ángel Romero Miranda, en reclamación de cantidad, siendo demandada, “Transporte y Logística Alcarreña, Sociedad Limitada”, y declaro que la parte demandante tiene derecho a la cantidad de 2.683,80 euros por los conceptos de su demanda, salvo por el concepto de indemnización fin de contrato, más el 10 por 100 anual de todos los conceptos desde la fecha de su devengo.

2.o Condeno a “Transporte y Logística Alcarreña, Sociedad Limitada”, a que abone la referida cantidad a la parte demandante y a estar a cuantas consecuencias se derivan de la presente declaración.

Con recurso de suplicación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transporte y Logística Alcarreña, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 5 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.942/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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