Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
24-10-2011

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111024-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2

EDICTO

122
Juicio de faltas 165 de 2011

Don Tomás Muñoz Ortiz, secretario del Juzgado de instrucción número 2 de Alcalá de Henares.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 165 de 2011, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

En Alcalá de Henares, a 6 de mayo de 2011.—Vistos por la ilustrísima señora doña Olga Iglesias Santamaría, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2, de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio de faltas seguidos con el número 165 de 2011, sobre amenazas, entre doña Livia Constantinescu (denunciante) y don Constantín Marggoi, doña Ionela Margoi y don Claudiu Cristian Ionita (denunciados), con intervención del ministerio fiscal, resultando lo siguiente:

Que debo absolver y absuelvo a don Constantín Marggoi, doña Ionela Margoi y don Claudiu Cristian Ionita de los hechos por los que venían denunciados, declarando de oficio las costas de este juicio.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que no se firme y que contra la misma podrán interponer recurso de apelación ante este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Livia Constantinescu, don Constantín Marggoi, doña Ionela Margoi y don Claudiu Cristian Ionita, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente en Alcalá de Henares, a 26 de septiembre de 2011.—El secretario (firmado).

(03/33.283/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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