Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
18-10-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111018-37

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 31

EDICTO

37
Expediente de liberación de cargas 1.636 de 2010

La ilustrísima señora doña María Trinidad Cepas Palanca, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 31 de Madrid, habiendo visto y oído el expediente de liberación de gravámenes número 1.636 de 2010, instado por la procuradora doña María Encarnación Alonso León, en representación de “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito”, contra los titulares de la carga o gravamen, doña Dolores Taboada y doña Elvira de Vicente Taboada, así como a sus posibles herederos o causahabientes o subrogados.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Encarnación Alonso León, en nombre y representación de la sociedad “Madrid Leasing Corporación, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito”, con cédula de identificación fiscal número A-79419107, domiciliada en Madrid, paseo de la Castellana, número 189, debo acordar y acuerdo la cancelación de la carga que grava la finca matriz número 1.650 y de la que proceden las fincas registrales número 3.393 (sección tercera) y la número 2.920 (Subf. bis sección tercera) del Registro de la Propiedad número 28 de los de Madrid, establecidas e inscritas para garantizar el pago de dos pensiones a favor de doña Dolores Taboada y doña Elvira de Vicente, sin perjuicio del derecho de los afectados por la cancelación para defender su crédito en el procedimiento declarativo correspondiente.

No se hace pronunciamiento alguno en materia de costas.

Firme que sea esta resolución, líbrese testimonio literal de la misma para que sirva de título suficiente para la cancelación registral.

Contra este sentencia puede interponerse recurso de apelación dentro del plazo de cinco días en la forma prevista en los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, y cuyo encabezamiento y fallo se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y de la que se llevará testimonio a los autos originales, la pronuncio, mando y firmo.

En Madrid, a 29 de julio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(02/8.573/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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