Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
26-08-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110826-168

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

168
Ejecución 169 de 2010

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 169 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alin Ionut Calimara, contra la empresa “Sarcrís Instalación y Construcción, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 22 de julio de 2011, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Auto

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante don Alin Ionut Calimara, frente a “Sarcrís Instalación y Construcción, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 3.161,88 euros en concepto de principal, más 189,71 euros y 316,18 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Decreto

Acuerdo: Poner a disposición del ejecutante don Alin Ionut Calimara la cantidad de 3.146 euros, debiendo comparecer en la Secretaría de este Juzgado los días martes o jueves, de nueve y treinta a trece y treinta horas, a los fines de hacerle entrega del oportuno mandamiento de devolución, debiendo acreditar su personalidad por medio del correspondiente documento nacional de identidad, pasaporte o carné de conducir, y debiendo ponerse en contacto con este Juzgado a través de los teléfonos arriba indicados el mismo día en que piense comparecer en esta Secretaría o, en su caso, presentar escrito en el que se señale cuenta corriente, alegando expresamente ser titular de la misma, a los fines de que por este Juzgado se efectúe una transferencia bancaria.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba para cubrir el resto de las cantidades por las que se ha despachado ejecución, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sarcrís Instalación y Construcción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de julio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/28.695/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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