Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
11-08-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110811-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

112
Ejecución 160 de 2011

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 160 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier García Roldán, contra las empresas “Construcciones y Estructuras Raymán, Sociedad Limitada”, y “Sedesa, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Javier García Roldán, frente a “Construcciones y Estructuras Raymán, Sociedad Limitada”, y “Sedesa, Sociedad Anónima”, en forma solidaria, por un principal de 1.267,62 euros y 120 euros en concepto de intereses y costas provisionales.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Estructuras Raymán, Sociedad Limitada”, y “Sedesa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.071/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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