Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
04-08-2011

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110804-95

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MECO

OTROS ANUNCIOS

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Regulación ordenanza

El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Meco, en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de junio de 2011, acordó aprobar definitivamente la regulación e interpretación de la ordenanza 16-A y B del Plan Parcial del SAU-12 incorporado al Plan General, debe interpretarse, respecto a la autorización del uso terciario comercial como compatible, el cumplimiento de los siguientes requisitos:

— Los usos terciarios-comerciales compatibles (aquellos que puedan sustituir, o se pueden simultanear con el uso principal) solo se puedan ubicar en parcelas en las que la edificación se encuentre retranqueada respecto a linderos laterales en el caso que la edificación contigua se destine a residencial.

— De los usos incluidos en el terciario-comercial y terciario-oficinas se entienden como compatibles con el residencial todos aquellos que no ocasionen molestias debidas a los horarios, afluencia de público y ruidos, debiendo cumplir la dotación de plazas de aparcamiento en el interior de la parcela según el uso.

— Cualquier uso distinto al residencial permitido deberá demostrar, previa a su implantación y solicitud de licencia, su compatibilidad con el uso principal residencial y la no molestia.

Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, y modificación introducida al planeamiento, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente, con sede en Madrid, del Tribunal Superior de Madrid en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación del texto íntegro de la nueva interpretación y redacción dada al artículo citado del Plan General, sin perjuicio de impugnarlo, a través de los actos de aplicación del mismo, en los términos previstos en los artículos 10 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, 45 y siguientes.

Meco, a 1 de julio de 2011.—El alcalde-presidente, Pedro Luis Sanz Carlavilla.

(03/26.929/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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