Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
04-08-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110804-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

OTROS ANUNCIOS

70
Notificación desestimación reclamaciones

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado la notificación a los interesados o su representante por dos veces sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a este Ayuntamiento, se pone de manifiesto mediante el presente anuncio que por el Pleno Corporativo, en su sesión celebrada el 31 de enero de 2011 (punto 8/9), se adoptó acuerdo por el que se desestiman las reclamaciones presentadas contra la ordenanza municipal reguladora de pasos de vehículos de conformidad con el informe del Servicio de Contratación y Patrimonio de fecha 21 de enero de 2011, quedando aprobada definitivamente en los términos en que fue aprobada inicialmente por acuerdo de Pleno en sesión celebrada el 25 de octubre de 2010.

En virtud de lo anterior se cita a los interesados para que puedan interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de esta publicación, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según establecen los artículos 46.1 y 10.1 de la Ley 29 de 1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

— Doña Natividad Carretero Vélez.

— Doña Teresa Moreno Sainz.

— Doña María del Pilar Cozculluela.

— Don Ramón Corral López.

— Don Santiago Ponce Molgado.

En Alcorcón.—El secretario general del Pleno, PD, la jefa de Servicio, Margarita Martín Coronel.

(02/6.395/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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