Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
04-08-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110804-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

71
Nueva mesa contratación permanente

Tras la constitución de la nueva Corporación municipal procede constituir una nueva Mesa de Contratación permanente.

De conformidad con lo establecido en los artículos 295 de la Ley de Contratos del Sector Público y 79.1 y 2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y, específicamente, en la disposición adicional novena, 10 de la Ley de Contratos del Sector Público, sobre las Mesas de Contratación, y visto el decreto de Alcaldía-Presidencia de 15 de junio de 2011, por el que se delegan las competencias de Hacienda y Contratación, se propone a la Junta de Gobierno Local:

Primero.—Constituir la Mesa de Contratación de este Ayuntamiento con carácter permanente y general para todas las contrataciones en que sea necesaria su intervención, o siendo potestativa, se requiera por el órgano de contratación, con la siguiente composición:

— Presidenta: doña Piedad Roldán Moreno, teniente alcalde-delegada de Hacienda y Patrimonio Municipal.

— Vocales:

l Don Miguel Ángel Gómez Pérez, secretario general.

l Don Ángel Bravo de Lope, interventor general.

l Don Alberto Villarejo Angulo, ingeniero técnico.

l Doña Adela V. Marí Gómez, directora de Personal.

Asistirá, asimismo, como vocal el concejal-delegado de la Unidad promotora del contrato.

— Secretaria: doña Lucía Chacón Elvira, técnico en Contabilidad.

Segundo.—Actuarán como suplentes, de la presidenta, doña María Isabel Pantoja Rivas, teniente alcalde de Presidencia e Interior, y del resto los empleados públicos en que deleguen.

Tercero.—Publicar esta composición de la Mesa de Contratación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto.—Aprobar las siguientes reglas de funcionamiento de la citada Mesa:

4.1. El quórum para la válida celebración de las sesiones de la Mesa se regirá por lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para los órganos colegiados.

4.2. La Mesa adoptará sus decisiones por mayoría simple de los miembros presentes con derecho a voto y no cabrá abstención.

4.3. A la celebración de la sesión para la propuesta de adjudicación del contrato asistirá, con voz pero sin voto, el técnico que emita el informe de valoración de los criterios de adjudicación, con el fin de aclarar las dudas que puedan surgir al respecto.

4.4. En caso de empate en las votaciones se efectuará una nueva votación y si persistiese el empate decidirá el voto de calidad de la presidenta.

4.5. Para el cumplimiento de su cometido la Mesa celebrará sesiones con la periodicidad que requieran los contratos a celebrar por esta Administración.

Aranjuez, a 26 de julio de 2011.—La teniente de alcalde-delegada de Hacienda y Patrimonio Municipal, Piedad Roldán Moreno.

(03/28.224/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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