Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110303-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 82

EDICTO

92
Procedimiento ordinario 1.094 de 2009

En el juicio de procedimiento ordinario número 1.094 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 21 de 2011

En Madrid, a 3 de febrero del año 2011.—La ilustrísima señora doña Eva E. Ramírez García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 82 de los de esta ciudad y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario promovidos por doña Ángeles Madrigal Armero y doña María del Carmen y doña Irene Talavera Madrigal, representadas en autos por la procuradora señora Nieto Bolaño y con asistencia de la letrada doña Patricia Ortega Torres, contra “Ficover, Sociedad Anónima”, que versa sobre obligación de elevación a escritura pública de documento privado.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la procuradora señora Nieto Bolaño, en nombre y representación de doña Ángeles Madrigal Armero y doña María del Carmen y doña Irene Talavera Madrigal, contra “Ficover, Sociedad Anónima”, declarada en rebeldía, y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la demandada a elevar a público el contrato privado de compraventa de fecha 15 de diciembre de 1984, otorgando escritura pública a favor de las actoras respecto de la finca:

Rústica.—Parcela de terreno señalado con el número 74, denominada “El Trébol”, en término de Villalbilla, al sitio de la Dehesa de los Hueros, dedicada a cereal secano. Tiene una extensión superficial aproximada de dos hectáreas. Linda: por el Norte, con parcela número 74 bis y con camino de nuevo trazado; por el Sur, con parcela número 73 y finca de don Ángel Hernández Hueros; por el Este, con finca de don Ángel Hernández Hueros; por el Oeste, con camino de nuevo trazado. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Alcalá de Henares, libro 61, tomo 3.431, finca registral número 5.117, inscripción primera de segregación.

Y ello con imposición a la parte demandada de las costas causadas en esta instancia.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Recursos

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación a preparar por escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, citando la resolución recurrida y los pronunciamientos que se impugnan. Se advierte a las partes que no se admitirá dicho recurso si al prepararse no se acredita, por escrito, haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado el importe de 50 euros, siendo la exigencia de este depósito compatible con el devengo de la tasa exigida por el ejercicio de la potestad jurisdiccional.

Si se desestima el recurso la parte perderá la consignación, a la que se dará al destino legalmente previsto.

Publicación

Firmada la anterior sentencia es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión a los autos.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Ficover, Sociedad Anónima”.

En Madrid, a 3 de febrero de 2011.—El secretario (firmado).

(02/1.522/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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