Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
01-03-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110301-48

Páginas: 6


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALGETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

48
Presupuesto general 2011

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 13 de diciembre de 2010, aprobó inicialmente el presupuesto general del Ayuntamiento de Algete para el ejercicio 2011 y ordenó la publicación de los mismos conforme a lo dispuesto en el artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Habiéndose presentado alegaciones al acuerdo de aprobación inicial, el Pleno extraordinario del Ayuntamiento de Algete del día 15 de febrero de 2011, ha acordado:

Primero.—Desestimar con base al informe del secretario municipal las alegaciones presentadas por el Grupo Socialista del Ayuntamiento de Algete, Partido Socialista de Madrid-Partido Socialista Obrero Español de Algete, “Barroso Nava y Cía., Sociedad Anónima”, y “Ortiz Construcciones y Proyectos, Sociedad Anónima”.

Segundo.—Notificar a los anteriores este acuerdo, junto con la explicación de los motivos en que se basa la contestación a la alegación de cada uno que servirá de motivación.

Tercero.—Aprobar definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento de Algete junto con todos sus documentos y anexos.

Cuarto.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el estado de gastos e ingresos a nivel de capítulo y el anexo de personal.

Conforme al artículo 169.3 del mencionado Real Decreto Legislativo 2/2004, se da publicidad a tal aprobación definitiva mediante el presente anuncio, donde figura dicho presupuesto general resumido por capítulos de todos los presupuestos y estados de previsión que lo integran.

Siendo el resumen a nivel de capítulos del presupuesto consolidado del Ayuntamiento de Algete el siguiente.

Ver en documento PDF

Asimismo, se da publicidad a la plantilla presupuestaria aprobada junto con el presupuesto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.

Ver en documento PDF

Conforme al artículo 171.1 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, contra la aprobación definitiva de este presupuesto general podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Algete, a 15 de febrero de 2011.—El concejal-delegado de Economía, Hacienda y Administración General, Cesáreo de la Puebla de Mesa.

(03/5.698/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110301-48