Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 31

Fecha del Boletín 
07-02-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110207-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

147
Ejecución 122 de 2010

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 122 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Frade Bravo, contra la empresa “Beneyto 2005, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de aclaración de fecha 12 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Teresa Orellana Carrasco.—En Madrid, a 12 de noviembre de 2010.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Estimar la solicitud de don Francisco Javier Frade Bravo de aclarar el auto dictado en este procedimiento con fecha 26 de julio de 2010, en el sentido que se indica a continuación.

En el razonamiento jurídico segundo, donde dice: “8 de septiembre de 2009”; debe decir: “8 de julio de 2009”, dejando inalterado el resto de pronunciamiento del auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra este auto no cabe interponer recurso.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Beneyto 2005, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de diciembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.775/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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