Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
01-02-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110201-173

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

173
Ejecución 7 de 2010

Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 7 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Fernández López y don Juan Antonio Lapeña Díez, contra las empresas “Brezal, Sociedad Anónima”, y “Herlema, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado providencia y decreto de embargo de fecha 21 de diciembre de 2010, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Providencia

Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña María Henar Merino Senovilla.—En Madrid, a 21 de diciembre de 2010.

Dada cuenta; por recibido oficio del “Banco Santander”, en el que pone en conocimiento de este Juzgado la existencia de dos avales a nombre de la mercantil “Herlema, Sociedad Limitada”, por valor de 12.120,69 euros y 26.916,24 euros, únanse.

Por recibido escrito a don Rafael Andrés Gerez Kraemer, en nombre y representación de los actores, de fecha 8 de octubre de 2010, y a la vista de lo manifestado, requiérase a “Herlema, Sociedad Limitada”, a fin de que ponga en conocimiento de este Juzgado copia de los contratos de alquiler vigentes de las viviendas y garajes que se describen en el mismo.

Requiérase a la Agencia Tributaria a fin de que remita a este Juzgado copia de la declaración tributaria modelo 347 de los años 2007, 2008 y 2009, a fin de que se verifiquen los arrendatarios.

Por recibido escrito de don Rafael Andrés Gerez Kraemer, de fecha 8 de octubre de 2010, en el que interesa la realización de los bienes inmuebles descritos en el mismo, únase y estese a la espera de los requerimientos anteriores.

Decreto

Secretaria judicial, doña Ángela Pardo Crespo.—En Madrid, a 21 de diciembre de 2010.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo de los bienes inmueblees que se describen.

Finca de Marbella número 26.904, titularidad de “Brezal, Sociedad Anónima”. Número Idufir 29029000489962.

Urbana número 44.—Planta de semisótano. “Zona Norte”. Garaje número 44, del conjunto turístico inmobiliario construido en la parcela E y denominado “Birdie Club”, situado en la urbanización “Golf Río Real”, de este término municipal de Marbella. Linda: derecha, entrando, con el garaje número 45; izquierda, con el número 43, y fondo, con subsuelo; su frente da acceso y rodadura. Con superficie construida de 14,44 metros cuadrados. Cuota: 0,07 por 100.

Finca de Marbella número 16.938, propiedad de “Brezal, Sociedad Anónima”. Número Idufir, 29029000490067.

Urbana número 119.—Planta de semisótano. “Zona Sur”. Módulo en la parcela E y denominado “Birdie Club”, situado en la urbanización “Golf Río Real”, de este término municipal de Marbella. Cuenta con acceso a través del pasillo que comunica con el jardín y la calle de rodadura de los garajes números 4 y 5; izquierda, zona común jardín; fondo, con zona común de jardín, y frente, trastero 27 y pasillo de acceso. Con superficie construida de 11,66 metros cuadrados. Cuota: 0,05 por 100.

Como propiedad de “Herlema, Sociedad Limitada”.

Finca número 15.227. Urbana número 211.—Aparcamiento número 85, en planta sótano, primera en orden de construcción del edificio en Alcobendas denominado “Jardín del Soto”, bloque seguido, casas números 2, 4 y 6 de la calle D. Ocupa una superficie aproximada de 12 metros cuadrados. Linda al Norte, con subsuelo de jardín, al Sur, con zona de circulación rodada: al Este, con aparcamiento número 61; al Oeste, con medianería primer bloque. Cuota: 0,03 por 100, sujeta a varias modalidades.

Finca número 15.234. Urbana número 218.—Pertenece al número 2 de la calle D, del edificio en Alcobendas denominado “Jardín del Soto”, bloque segundo, casas números 2, 4 y 6 de la calle D. Está situado en la planta de ingreso, segunda en orden de construcción. Ocupa una superficie aproximada de 70 metros cuadrados. Linda: al Norte, con galería peatonal; al Sur, con su propio jardín; al Este, con el local de cafetería, y al Oeste, con el Estudio número 19. Tiene como anexo inseparable, un jardín que ocupa una superficie aproximada de 70 metros cuadrados. Cuota 0,33 por 100. Es el estudio número 18. Sujeta a varias modalidades.

Para responder de la cantidad de 233.488,82 euros de principal, 9.339,53 euros y 23.348,88 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancia de doña María José Fernández López y don Juan Antonio Lapeña Díez, contra “Brezal, Sociedad Anónima”, y “Herlema, Sociedad Limitada”.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a las ejecutadas para que dentro de los Díez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Gerardo Leal Elizarán y doña María Victoria Márquez Patiño, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de diciembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.409/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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