Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2011

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110114-148

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

148
Cognición 138 de 1999

En el procedimiento de cognición número 138 de 1999, sobre otros cognición, se ha dictado sentencia de fecha 16 de noviembre de 2010, cuyos hechos y parte dispositiva son del tenor literal siguiente,

Hechos:

Primero.—Por demanda presentada el 31 de mayo de 1999 por el procurador señor Pomares Ayala, en representación de “Banco Santander Central Hispano, Sociedad Anónima”, con la asistencia letrada de don Mariano Avilés Muñoz, se pretende la condena de don Rafael Manuel Baisson Conejero, a que le abone la cantidad de 340.773 pesetas, hoy 2.048,10 euros, que le adeuda por la liquidación de contrato de cuenta corriente y tarjeta de crédito de fecha 27 de octubre de 1998, más intereses al tipo pactado.

Tras innumerables intentos de emplazar al demandado, finalmente no se consiguió localizar su paradero y ha sido emplazado por edictos en providencia de 8 de julio de 2010. No habiendo comparecido, fue declarado en rebeldía en providencia de 4 de octubre de 2010.

Mientras se intentaba localizar al demandado, se presentó el 11 de septiembre de 2008, escrito del mismo procurador señor Pomares Ayala en la representación indicada y en la de “Cifremán, Sociedad Limitada” manifestando y acreditando que el crédito objeto del proceso había sido cedido a esta última. De la cesión se dio traslado al demandado también por medio de edictos.

Citadas las partes a la vista del día 15 de noviembre de 2010, solo ha comparecido la actual demandante, quien ha ratificado su demanda y ha solicitado se dicte sentencia proponiendo como única prueba la documental aportada.

Fallo

Que estimo la demanda interpuesta por “Banco Santander Central Hispano, Sociedad Anónima”, cuyo crédito cedió a “Cifremán, Sociedad Limitada”, y condeno a don Rafael Manuel Baisson Conejero, a que abone a esta la cantidad de 2.048,10 euros, más intereses al tipo pactado, más las costas del juicio.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

De conformidad con lo previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, después de la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, con carácter previo a la interposición de recursos contra las resoluciones dictadas por este tribunal, deberá consignarse mediante depósito en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado la cantidad de 25 euros para recurrir en reposición y 50 euros para hacerlo en apelación.

Publicación

La anterior sentencia ha sido leída y publicada en el día de la fecha estado su señoría constituido en audiencia pública.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Rafael Manuel Baisson Conejero con documento nacional de identidad número 51602288-V, expido el presente para que sirva de cédula de notificación.

En Alcobendas, a 10 de diciembre de 2010.—La secretaria (firmado)

(02/12.763/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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