Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 312

Fecha del Boletín 
31-12-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101231-46

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

46
Ejecución 68 de 2010-V

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 68 de 2010-V de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Eva María Cecilia Reyes, contra doña Olga Agudo Prado y “Olgarós, Comunidad de Bienes”, sobre ejecución, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a las ejecutadas doña Olga Agudo Prado y “Olgarós, Comunidad de Bienes”, en situación de insolvencia total por importe de 3.464,65 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Olga Agudo Prado y “Olgarós, Comunidad de Bienes”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 25 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/46.303/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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