Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
30-12-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101230-333

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

333
Demanda 1.259 de 2009

Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.259 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Alberto Sotomayor Ocampo, contra doña Ana María Llorente Perdices, don David Castilla Guillén, y“Dideco 2020, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Jorge Alberto Sotomayor Ocampo, contra “Grupo Dideco 2020, Sociedad Limitada”, don David Castilla Guillén, doña Ana María Llorente Perdices y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 1.530,18 euros por los conceptos de su demanda, más el 10 por 100 de interés de mora, absolviendo al resto de demandados de los pedimentos deducidos en su contra en el escrito de demanda.

En cuando al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia, o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Dideco 2020, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de octubre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/46.001/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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