Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
11-12-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101211-7

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 31

EDICTO

7
Expediente dominio, reanudación tracto 2.709 de 2009

Doña Pilar Pareja Gil, secretaria del Juzgado de primera instancia número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento de expediente de dominio, reanudación del tracto sucesivo interrumpido previa segregación al número 2.709 de 2009, a instancias de don Juan Carlos García Doñoro y doña Mercedes Rubio Gamino, sobre la siguiente finca:

Piso tercero C o izquierda de la casa número 1 de la calle Pobla de Segur, que forma parte del inmueble de 11 alturas, de la que el piso está situado en la tercera, sin contar la baja, parte izquierda del edificio que es la casa 2, bloque 1, de Madrid, anexo a Hortaleza, colonia Pinar del Rey, hoy calle Pobla de Segur, número 1. Consta de vestíbulo, estar-comedor, 3 dormitorios, cocina y cuarto de aseo. Tiene 7 huecos al exterior. Linda: al frente, con caja de escalera por donde tiene su entrada; derecha, entrando, piso tercero B de la misma planta y fachada de la finca, e izquierda y fondo, fachada de la finca. Ocupa una superficie aproximada útil según el título de 55,92 metros cuadrados, y según cédula de calificación definitiva de 54,88 metros cuadrados. Cuota: una treinta y tresava parte.

Dicha finca forma parte, al no haber sido segregada como finca independiente, de la finca registral número 2.049 del Registro de la Propiedad número 2 de Madrid, a los folios 8 al 12, ambos inclusive, del tomo 136, libro 25 de Hortaleza, y al folio 219 del tomo 326, libro 96 de Hortaleza, y cuya descripción es la siguiente:

Casa 2, bloque 1, sita en esta capital, anexo de Hortaleza, colonia Pinar del Rey (hoy calle Pobla de Segur, número 1), destinadas a viviendas subvencionadas y locales comerciales. Tiene la forma de estrella y consta de 11 plantas, destinándose la baja a 2 locales comerciales, y 1 vivienda y las 10 restantes a 3 viviendas por planta, lo que hace un total de 31 viviendas y 2 locales comerciales. Las viviendas son de tres tipos: A, B y C, cada una de las cuales consta de vestíbulo, estar-comedor, 3 dormitorios, cocina, cuarto de baño y terraza. El tipo A tiene una superficie útil de 55,31 metros cuadrados, el tipo B 58,59 metros cuadrados y el tipo C 55,92 metros cuadrados. Linda: al Norte, en línea de 18 metros, con parcela 40; al Este, en línea quebrada de 26,50 metros, con la parcela 44; al Sur, en línea de 26 metros, con parcela 44, y al Oeste, en línea quebrada de 28,50 metros, con parcela 3. Ocupa una superficie de 550,50 metros cuadrados, de los que hay edificados 206,90 metros cuadrados, y el resto se destina a aceras y jardines.

A la finca le corresponde una cuota de una treinta y tresava parte en el valor total del inmueble.

Por el presente, y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha, se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Madrid, a 18 de marzo de 2010.—La secretaria (firmado).

Adición.—En Madrid, a 3 de septiembre de 2010.

Para hacer constar en el edicto de fecha 18 de marzo de 2010 que el mismo sirve de citación a la titular registral, “Edificaciones Velázquez, Sociedad Anónima”, y a doña María Luisa Sauquillo Hernández y a los herederos de doña María del Carmen Gálvez Sauquillo, en calidad ambas de herederas del titular catastral, don Antonio Gálvez López de Pablo, y como personas de quien procede el bien.

Y para que conste expido y firmo la presente en Madrid, a 3 de septiembre de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/11.783/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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