Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
30-11-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101130-210

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

210
Ejecución 217 de 2010

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 217 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Darío Javier Martínez Martínez, contra la empresa “TT Plac System 05, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de esta fecha, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia dictada a favor de la parte ejecutante, don Darío Javier Martínez Martínez, frente a “TT Plac System 05, Sociedad Limitada”, por las cantidades de 4.746,47 euros de principal, más 284,78 euros de intereses y 474,64 euros de costas, cantidades estas dos últimas fijadas de forma provisional, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “TT Plac System 05, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/42.639/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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