Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
04-11-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101104-183

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

183
Demanda 1.461 de 2009

Doña María José Sotorra Campodarve, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.461 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Arenillas Domínguez, contra don Antonio José Sancho Villanova, “Aéro Madrid, Sociedad Anónima”, “Soko Exclusive, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, don Gonzalo Aranzábal, “VSL, Sociedad Limitada”, y “Sajona Asesores, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 403 de 2010

En nombre de Su Majestad el Rey.—En Madrid, a 20 de julio de 2010.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Javier Arenillas Domínguez, contra “Aéro Madrid, Sociedad Anónima”, y el administrador del concurso, don Gonzalo Aranzábal Rodríguez, debo condenar y condeno a la empresa a que abone al actor la suma de 12.112,82 euros, más un interés del 10 por 100 anual en concepto de mora.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2503 en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aéro Madrid, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, advirtiéndose que las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del Juzgado, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.225/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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