Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
03-11-2010

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101103-149

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

149
Presupuesto general del Ayuntamiento para el ejercicio de 2011

En la Intervención de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 20.1 del Real Decreto 500/900, de 20 de abril, se encuentra expuesto al público, para su examen y a efectos de reclamaciones, el expediente del presupuesto general del Ayuntamiento para el ejercicio de 2011, aprobado inicialmente por el Pleno General de la Corporación en sesión celebrada el 8 de octubre de 2010, comprensivo de sus estados de ingresos y gastos, bases de ejecucion, anexo de personal, anexo de inversiones y demás anexos y documentacion correspondiente.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales citada, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento de Valdemorillo.

c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del citado Ayuntamiento.

El Presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado período no se hubiesen presentado reclamaciones.

Valdemorillo, a 15 de octubre de 2010.—La alcaldesa, Pilar López Partida.

(03/39.772/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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