Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
03-11-2010

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101103-24

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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Resolución de 13 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se procede a la publicación de notificación a diversos promotores de expedientes de rehabilitación, relativos a requerimientos de documentación necesaria para poder continuar la tramitación de los mismos.

Por no haber sido posible practicar a los promotores de diversos expedientes de rehabilitación de edificio o de vivienda, en sus respectivos últimos domicilios, notificación por la que se les requería documentación indispensable para continuar la tramitación de los mismos, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Los promotores de los expedientes incluidos en el Anexo I de esta Resolución deberán aportar, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la presente publicación, la documentación en cada caso requerida, con apercibimiento expreso de que, en caso de no hacerlo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se le tendrá por desistido de su petición y se procederá al archivo del expediente.

En Madrid, a 13 de septiembre de 2010.—El Director General de Vivienda y Rehabilitación, Juan Van-Halen Rodríguez.

ANEXO I

Expediente: RHE 008/06-02 y ZRI 2008/06-02 Ud. 14.

Promotor: Prince Shadrack Chidiebere Okereke.

Documentación requerida:

— Acreditar el uso de la vivienda. Si la vivienda se encuentra destinada a uso propio deberá aportar un certificado actualizado de empadronamiento en la misma. Si por el contrario, la vivienda se encontrase arrendada, deberá aportar el contrato de alquiler y el último recibo pasado al cobro.

Expediente: RHE 016/06-02 y ZRI 2016/06-02 Ud. 39.

Promotor: Don Pedro Peinado Lucas.

Documentación requerida:

— Certificado de empadronamiento actualizado, que deberá incluir a todas las personas que convivan en la vivienda objeto de rehabilitación.

(03/39.985/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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