Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
02-11-2010

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101102-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Persupuesto general del Ayuntamiento 2011

Por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 28 de octubre de 2010, ha sido aprobado inicialmente el presupuesto general del Ayuntamiento para 2011, junto con la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la documentación del presupuesto general se halla expuesta al público en la Intervención Municipal; y los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004 citado, por los motivos taxativamente enumerados en su número 2, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de formulación y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.

Por su parte, el expediente de modificación de la relación de puestos de trabajo estará expuesto al público en el Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento durante el mismo plazo.

Los expedientes se considerarán definitivamente aprobados si no se presenta ninguna reclamación.

En Galapagar, a 29 de octubre de 2010.—El tercer teniente de alcalde, delegado de Presidencia, Economía y Hacienda, Fernando Arias Moral.

(03/41.355/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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