Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
15-10-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101015-187

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

187
Demanda 485 de 2010

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 485 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sagrario López Andrés, contra las empresas “Alza Limpiezas y Conservaciones, Sociedad Limitada”, “Abacón Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, y comunidad de propietarios “Delta”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda formulada por doña Sagrario López Andrés, contra las empresas “Alza Limpiezas y Conservaciones, Sociedad Limitada”, “Abacón Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, y comunidad de propietarios “Delta”, debo condenar y condeno a la empresa “Alza Limpiezas y Conservación, Sociedad Limitada”, a abonar a la actora la cantidad de 5.635,65 euros, más el interés de mora del 10 por 100 sobre dicha cantidad, obligándole a estar y pasar por dicho pronunciamiento.

Se tiene por desistida a la actora respecto de la empresa “Abacón Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, y la comunidad de propietarios “Delta”.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alza Limpiezas y Conservaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.424/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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