Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
15-10-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101015-61

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Gestión Urbanística

Subdirección General de Promoción del Suelo

Servicio de Gestión de Suelo Privado

Departamento de Gestión Zona 2

61
Modificación proyecto expropiación suelo urbanizable programado 1.04, La Atalayuela

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en la sesión celebrada el día 23 de septiembre de 2010 y en el expediente administrativo con RG.a 714/2005/3122 ha dispuesto lo siguiente:

«Primero.—Tener por hechas las manifestaciones de disconformidad con las valoraciones del proyecto hechas por los representantes de “Invespat, Sociedad Limitada”, y “Nuevo Madrid, Sociedad Anónima”, mediante escritos presentados durante el trámite de información pública a que ha sido sometido el expediente, las cuales deberán ser reiteradas, en su caso, dentro del plazo previsto en el apartado “Cuarto” de este acuerdo, debiendo aportarse una valoración contradictoria motivada.

Segundo.—Aprobar la modificación del proyecto de expropiación por el sistema de tasación conjunta del Suelo Urbanizable Programado 1.04 “La Atalayuela”, consistente en la inclusión, en el proyecto aprobado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid el 24 de mayo de 2007, de dos fincas registrales, o cuotas indivisas de las mismas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 168.2, 202 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, en relación con el artículo 108 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Por la Junta de Compensación se deberá solicitar del Registro de la Propiedad la expedición de certificación de dominio y cargas y la práctica de la nota marginal de cada una de las fincas incluidas en el presente proyecto, indicando expresamente que la finca está siendo objeto de expropiación por el procedimiento de tasación conjunta en los términos del artículo 22 del Real Decreto 1093/1997, sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, y artículo 32 del Reglamento Hipotecario aprobado por Decreto de 14 de febrero de 1947.

Cuarto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión del municipio, así como notificar individualmente a los titulares de derechos afectados por la presente modificación, confiriendo a los expropiados un plazo máximo de veinte días, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio, durante el cual podrán manifestar por escrito, ante este Ayuntamiento, su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado y aportar, en su caso, valoración contradictoria debidamente motivada, así como cualquier otro documento que a su derecho estimen oportuno».

Titulares (de bienes y derechos) incluidos en el proyecto

Número de finca proyecto. — Titular. — Número de finca registral. — Superficie expropiada (metros cuadrados)

49. — María del Carmen Artigas Castro. — 25.256. — 1.113,03.

50 A. — Invespat, Sociedad Anónima (dudosa titularidad). — 43.965. — 120,48.

50 B. — Nuevo Madrid, Sociedad Limitada (dudosa titularidad). — 43.965. — 883,52.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común), o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 202.7 del Reglamento de Gestión Urbanística, mediante la presente se confiere a los expropiados un plazo máximo de veinte días, contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio, durante el cual podrán manifestar por escrito, ante este Ayuntamiento, su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado y aportar, en su caso, valoración contradictoria debidamente motivada, así como cualquier otro documento que a su derecho estime oportuno.

Asimismo, mediante el presente anuncio se notifica a doña Carmen Artigas Castro y a “Opidario Industrial Artigas, Sociedad Anónima”, el citado acuerdo, cuyo domicilio es desconocido, o a los que, habiéndose intentado practicar la notificación, esto no ha sido posible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 5 de octubre de 2010.—El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, Jesús Espino Granado.

(02/10.038/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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