Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
15-10-2010

Sección 1.2.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101015-9

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

9
Resolución de 13 de octubre de 2010, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Ramón y Cajal”, del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe de Servicio de Neurocirugía en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional.

La Ley 55/2003, de 16 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 17), del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, en la disposición transitoria sexta, punto 1.c), establece que “se mantendrá vigente, con rango reglamentario y sin carácter básico, y en tanto se proceda a su modificación en cada servicio de salud, el Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social”.

La disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 9), sobre selección y provisión de plazas de personal estatutario de los Servicios de Salud establece “el sistema de provisión de puestos de trabajo de Jefe de Servicio y de Sección de carácter asistencial, indicando que dichas plazas se proveerán mediante convocatoria pública, en la que podrán participar todos los facultativos con nombramiento de personal estatutario fijo en la correspondiente especialidad, mediante un proceso basado en la evaluación del currículo profesional de los aspirantes y en un proyecto técnico relacionado con la gestión de la Unidad Asistencial”.

Existiendo puestos vacantes dotados presupuestariamente, y con el fin de atender a las necesidades organizativas y asistenciales, esta Dirección-Gerencia, en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Real Decreto 521/1987, de 15 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 16 de abril), por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Hospitales gestionados por el INSALUD,

ACUERDA

Convocar una plaza de Jefe de Servicio de Neurocirugía, mediante nombramiento provisional, de acuerdo con las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales

1.1. El procedimiento de selección constará de dos fases:

1.1.1. Valoración de los méritos contenidos en apartado I del Anexo I de esta Resolución, relativos al historial profesional de los aspirantes, entre estos deberá valorarse la experiencia previa en funciones asistenciales de la misma especialidad. Los méritos documentados se valorarán con un máximo de 100 puntos.

1.1.2. Valoración de un proyecto técnico de gestión del Servicio, en el que se valorará especialmente el diseño de un Servicio de Neurocirugía con identidad propia, así como su interrelación con todos los demás Servicios hospitalarios. Este proyecto se valorará con un máximo de 50 puntos.

1.2. La Comisión de Selección podrá solicitar los informes que considere necesarios, en relación al currículo profesional de los candidatos y efectuar a los aspirantes, previa convocatoria, cuantas preguntas estime oportunas relativas a dicho currículo y al proyecto técnico de gestión del Servicio, mediante la entrevista contenida en el apartado 3 del Anexo I, a la que se podrá conceder un máximo de 50 puntos.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1. Requisitos generales:

2.1.1. Ser mayor de edad y menor de setenta años.

2.1.2. Tener la condición de personal fijo del Sistema Nacional de Salud.

2.1.3. Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o reunir alguno de los requisitos establecidos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado, referido al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

2.1.4. No haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario, en cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

2.2. Requisitos de titulación: Estar en posesión del título de Licenciado o Doctor en Medicina y Cirugía, y del título de Especialista en Neurocirugía, expedido o acreditado por el Ministerio de Educación.

2.3. Requisitos de experiencia profesional:

2.3.1. Se requiere haber desempeñado plaza de la especialidad convocada en los servicios jerarquizados de la Seguridad Social, plaza en Hospitales con programas acreditados para la docencia por la Comisión Nacional de la especialidad o en centro extranjero con programa reconocido para la docencia de posgraduados en la especialidad correspondiente, por un período mínimo de cinco años.

2.3.2. Se sumará el período de tiempo de desempeño de plaza en diferentes Servicios y Hospitales y se contabilizarán como uno solo los períodos de tiempo en los que se haya desempeñado simultáneamente más de una plaza.

3. Solicitudes

3.1. La solicitud para poder participar en la presente convocatoria se adjunta a esta Resolución como Anexo II.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Director-Gerente del Hospital Universitario “Ramón y Cajal” y se presentarán en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3.3. La presentación de solicitudes se efectuará por duplicado, y podrá hacerse en la Unidad de Registro del Hospital (planta 0 izquierda) o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Documentación a aportar junto a la solicitud

Junto a la solicitud los aspirantes deberán aportar, inexcusablemente, los siguientes documentos:

— Copia del documento nacional de identidad, o documento acreditativo de la identidad.

— Copia compulsada del título de especialista de la plaza a concursar.

— Copia compulsada del nombramiento de la plaza que se desea acreditar.

— Certificación acreditativa del tiempo de servicios prestados como FEA.

— Historial profesional donde conste la trayectoria de la actividad asistencial recogida en Anexo I.

— Proyecto técnico de gestión del Servicio de Neurocirugía.

5. Admisión de aspirantes

5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Director-Gerente aprobará, mediante Resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la relación provisional de admitidos y excluidos al proceso de selección, con indicación de la causa de exclusión.

5.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la Resolución para subsanar los defectos apreciados.

5.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de defectos, el Director-Gerente dictará Resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, aprobando la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al proceso de selección.

6. Comisión de Selección

6.1. La composición de la Comisión de Selección se recoge en el Anexo III de esta Resolución, la misma se hará pública en la Resolución prevista en el apartado 5.3 que aprueba la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al proceso de selección.

6.2. Los aspirantes defenderán en sesión pública el currículo profesional y el proyecto técnico de Gestión del Servicio.

6.3. La Comisión de Selección podrá solicitar los informes que considere necesarios en relación con el currículo profesional del candidato y efectuar a los aspirantes, previa convocatoria, cuantas cuestiones estime oportunas relativas a dicho currículo.

6.4. Si en la fecha prevista para la constitución de la Comisión de Selección, o en cualquier reunión de la misma, se produjera la ausencia de algunos de sus miembros, el Presidente de la Comisión propondrá a la Dirección-Gerencia la sustitución de los miembros ausentes, que resolverá en el plazo máximo de setenta y dos horas, oída la Comisión Mixta de la Junta Técnico-Asistencial del Hospital Universitario “Ramón y Cajal”.

7. Propuesta de adjudicación

Finalizado el proceso de evaluación, la Comisión de Selección hará público sus resultados y elevará al Director-Gerente la propuesta de nombramiento con carácter provisional, para el desempeño del puesto de Jefe de Servicio.

8. Nombramientos y efectos de designación

8.1. La Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Ramón y Cajal” dictará el correspondiente nombramiento de Jefe de Servicio con carácter provisional que será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Este nombramiento tendrá una duración máxima de cuatro años, al finalizar los cuales se procederá preceptivamente a la consiguiente evaluación de las actividades realizadas en el período precitado.

8.2. Por razones organizativas o asistenciales debidamente motivadas, previo informe de la Junta Técnico-Asistencial, el Director-Gerente podrá revocar los nombramientos provisionales que haya expedido.

9. Recursos

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación ante la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

Dado en Madrid, a 13 de octubre de 2010.—El Director General de Recursos Humanos del SERMAS, PD (Resolución de 17 de marzo de 2005, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de abril de 2005), el Director-Gerente, Javier Maldonado González.

ANEXO I

BAREMO Y CONTENIDO DE CADA UNA DE LAS FASES

1. Historial profesional (puntuación máxima 100 puntos)

a) Actividad asistencial (puntuación máxima, 40 puntos):

— Residencia: 6 puntos.

— Años de trabajo: 1,6 puntos/año.

— Plazas obtenidas por concurso: 1 punto/plaza.

— Por ser miembros de Comisiones Clínicas: Máximo 3 puntos.

— Responsabilidad en gestión (Jefe de Servicio, de Sección o cargo directivo): Máximo 15 puntos.

Si la puntuación máxima se sobrepasara, esta se hará equivalente a 40 puntos, consignándose las restantes en función del coeficiente obtenido.

b) Actividad docente (puntuación máxima, 20 puntos):

— Curso doctorado completo: 0,3 puntos/curso.

— Profesor Asociado o similar: 0,2 puntos/año.

— Profesor Titular: 0,3 puntos/año.

— Catedrático: 0,4 puntos/año.

— Asistencia a cursos de formación continuada:

l Cursos entre 40 y 100 horas: 0,1 puntos/curso.

l Cursos entre 101 y 300 horas: 0,2 puntos/curso.

l Cursos entre 301 y 600 horas: 0,5 puntos/curso.

l Cursos superiores a 600 horas: 1 punto/curso.

— Profesor en cursos: 0,05 puntos/hora lectiva.

— Organización y dirección de cursos:

l Cursos entre 40 y 100 horas: 0,4 puntos/curso.

l Cursos entre 101 y 300 horas: 0,8 puntos/curso.

l Cursos entre 301 y 600 horas: 2 puntos/curso.

l Cursos superiores a 600 horas: 4 puntos/curso.

— Tutor de residentes: 0,2 puntos/año.

— Moderador o presentador en sesiones generales del Hospital: 0,1 puntos/sesión.

— Estancias docentes en hospitales universitarios: 0,50 puntos/trimestre (máximo 3 puntos).

— Becas docentes: 1 punto/beca.

Si la puntuación máxima se sobrepasara, esta se hará equivalente a 20 puntos, consignándose las restantes en función del coeficiente obtenido.

c) Actividad científica (puntuación máxima, 25 puntos):

— Tesis doctoral: 4 puntos (+ 1 punto si es Apto “cum laude”).

— Conferencias, participación en mesas redondas y ponencias:

l Nacionales: 0,2 puntos.

l Internacionales: 0,5 puntos.

— Comunicaciones en congresos:

l Nacionales: 0,1 puntos.

l Internacionales: 0,3 puntos.

— Publicaciones en revistas:

l Nacionales: 0,5 puntos.

l Extranjeras: 1 punto.

Se sumará como factor corrector el producto que resulte de la multiplicación por el factor de impacto, de cada publicación, de acuerdo con el “SCI Journal of Citation Reports”, en su último número. No se admitirán como publicaciones las comunicaciones breves, resúmenes o “abstracts”.

— Otros méritos: 5 puntos máximo.

Si la puntuación máxima se sobrepasara, esta se hará equivalente a 25 puntos, consignándose las restantes en función del coeficiente obtenido.

Total A + B + C = 85 puntos.

d) Otras valoraciones (máximo 15 puntos):

El resto, 15 puntos, hasta un máximo de 100, quedará a juicio de la Comisión de Selección, valorando:

— Aspectos cualitativos del currículo.

— Adecuación al perfil de la plaza.

— Dos informes solicitados al Jefe de Servicio y al miembro de la Comisión perteneciente al Servicio que transmita el sentir mayoritario del Servicio respecto a los candidatos. Si el candidato fuera externo, la Comisión pedirá los informes que considere pertinentes. Estos informes deberán responder a los siguientes aspectos:

l Dedicación a la labor del Servicio: Asistencial, docente e investigadora.

l Utilización de recursos.

l Disponibilidad.

l Capacidad organizativa.

l Capacidad innovadora.

l Capacidad de liderazgo.

l Relaciones humanas.

Las calificaciones a asignar a estos aspectos de los informes podrán ser: Deficiente, adecuada o satisfactoria.

2. Proyecto técnico de gestión de la Unidad/Servicio (puntuación máxima, 50 puntos)

Se puntuará un máximo de 50 puntos, teniendo en cuenta la adecuación del mismo a los objetivos del servicio y al programa de actuación sanitaria del Hospital Universitario “Ramón y Cajal”.

La Comisión de Selección establecerá una calidad mínima del proyecto técnico de gestión exigible para la valoración efectiva del resto de los méritos (actividad asistencial, docente y científica).

3. Entrevista (puntuación máxima, 50 puntos)

La Comisión de Selección, durante la entrevista, tendrá en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos: Trayectoria profesional del aspirante, proyecto técnico de gestión presentado, supuestos prácticos y contenido de los informes a los que se refiere el apartado I.d).

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ANEXO III

COMISIÓN DE SELECCIÓN

La Comisión de Selección estará compuesta por los siguientes miembros, que actuarán como titulares:

— El Director Médico o persona en quien delegue, que actuará de Presidente.

— El Jefe de Servicio de la división asistencial designado por la Dirección Médica.

— Un Jefe de Servicio designado por la Junta Técnico-Asistencial del Hospital “Ramón y Cajal” a través de su Comisión Mixta.

— Un Facultativo del Sistema Nacional de Salud, nombrado por la Comisión Nacional de la Especialidad de Neurocirugía, de Hospital diferente al sometido al proceso de selección.

— Un Facultativo Especialista de Neurocirugía nombrado por la Junta Técnico-Asistencial a través de su Comisión Mixta.

Por cada miembro titular se nombrará un miembro suplente que actuará en ausencia del anterior.

(03/38.787/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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