Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
15-10-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101015-166

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

166
Demanda 208 de 2010

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 208 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fabio Perezagua Patier, contra la empresa “Restaurantes Amparo Cereceda, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución.

Sentencia número 319 de 2010

En Madrid, a 8 de julio de 2010.—Don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido entre partes: de una, y como demandante, don Fabio Perezagua Patier, que comparece asistido por la letrada doña Marta Fuentes Argüello, y de otra, como demandada, “Restaurantes Amparo Cereceda, Sociedad Anónima”, que comparece asistida del letrado don Víctor Echevarría Astenza, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por don Fabio Perezagua Patier, frente a la empresa “Restaurantes Amparo Cereceda, Sociedad Anónima”, debo:

1.o Declarar improcedente el despido practicado con efectos del 27 de diciembre de 2009.

2.o Declarar extinguida la relación laboral con efectos del 8 de junio de 2010.

3.o Condenar a la empresa “Restaurantes Amparo Cereceda, Sociedad Anónima”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones, así como a que abone a don Fabio Perezagua Patier la cantidad de 7.539,98 euros en concepto de incemnización y la de 5.624,02 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del despido el 27 de diciembre de 2009 hasta la de la extinción de la relación laboral el 8 de junio de 2010.

4.o Condenar al administrador único del concurso doña María Teresa Aragón Sánchez a estar y pasar por las anteriores declaraciones legales.

5.o Absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus obligaciones legales.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Restaurantes Amparo Cereceda, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.453/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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