Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
06-10-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101006-295

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

295
Demanda 381 de 2010

Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 381 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Lourdes Camín Acosta, contra la empresa “Consultorio Magallanes, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 393 de 2010

En Madrid, a 2 de septiembre de 2010.—Vistos por su señoría ilustrísima doña María Luz Rico Recondo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 39 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción, en materia de despido, entre las siguientes partes: como demandante, doña Ana Lourdes Camín Acosta, asistida de la letrada doña María Reyes Torres Ortiz, y como demandadas, la empresa “Consultorio Magallanes, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, representado por la letrada del Servicio Jurídico del Estado.

Fallo

Procede estimar y estimo en parte la demanda presentada por doña Ana Lourdes Camín Acosta, frente a la empresa “Consultorio Magallanes, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de salarios, debiendo condenar y condeno a la demandada al abono a la demandante de la suma de 4.823,93 euros en concepto de cantidad bruta, cantidad que deberá ser incrementada con el 10 por 100 de interés por mora. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma puede interponer recurso de suplicación en los plazos y forma establecidos en los artículos 192 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Consultorio Magallanes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.191/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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