Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 208

Fecha del Boletín 
31-08-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100831-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

76
Demanda 916 de 2009

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 916 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Agustín Manresa Hernández, contra don Roberto Jiménez Amores, don Valentín Gallego Castañera, doña María Leonor García Díez, “Planificaciones Urbanas, Sociedad Anónima”, “Taller de Formación Colectivos, Sociedad Anónima”, “Taller de Gestión de Viviendas, Sociedad Anónima”, “Proyectos Técnicos Alalba, Sociedad Limitada”, y “R. Jiménez, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado providencia de 7 de mayo de 2010, cuyo contenido es del tenor literal siguiente:

Dada cuenta; por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón, y dese traslado del mismo mediante copia a la parte contraria.

Se tiene por ampliada la demanda contra el administrador concursal de la demandada “Planificaciones Urbanas, Sociedad Anónima”, don Valentín Gallego Castañera, y contra la administradora concursal de la demandada “Taller de Gestión de Viviendas, Sociedad Limitada”, doña María Leonor García Díez, y en consecuencia, cítese a las partes, en única convocatoria, para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalándose para tales actos la audiencia del día 7 de septiembre de 2010, a las diez horas de su mañana, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en Madrid, calle Hernani, número 59, cuarta. Hágase entrega a la demandada contra la que se ha ampliado la demanda, copia de la demanda presentada y resto de los documentos, advirtiendo a las partes lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Respecto del administrador concursal de la demandada “Taller de Formación de Colectivos, Sociedad Anónima”, y el administrador concursal de la demandada “Proyectos Técnicos Alalba, Sociedad Limitada”, don Miguel Ángel Alcaraz García, contra los que también quiere ampliar la demanda, deberá ser la parte actora la que deberá dirigirse a los Juzgados mercantiles número 6 y número 11 de Madrid y aportar a este Juzgado los datos necesarios para poder formular la ampliación de la demanda requerida y poder citarlos en legal forma para los actos de conciliación y, en su caso, juicio.

Se requiere a la parte actora que aporte a este Juzgado tantas copias de los documentos que envíe como demandados haya.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado con el número 2515 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1143/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Así lo mandó y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—Ante mí.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los edictos fijados en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Roberto Jiménez Amores, “Planificaciones Urbanas, Sociedad Anónima”, “Taller de Formación Colectivos, Sociedad Anónima”, “Taller de Gestión de Viviendas, Sociedad Anónima”, “Proyectos Técnicos Alalba, Sociedad Limitada”, y “R. Jiménez, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de agosto de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.021/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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