Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
24-08-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100824-164

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

164
Ejecución 191 de 2009

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 186 de 2008, ejecución número 191 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Agustín Tejido, Sociedad Limitada”, contra don Ovidio Pérez García, sobre ordinario, se ha dictado decreto de embargo de fecha 8 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

Secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín.—En Madrid, a 8 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo del bien inmueble que se describe en el Registro de la Propiedad número 3 de Guadalajara, inscripción sexta, tomo 1.372, libro 42, folio 21, fecha 30 de mayo de 1995, como propiedad de don Ovidio Pérez García y doña Margarita Aguado Minaya, para responder de la cantidad de 9.408,41 euros, más 1.680 euros para intereses y 1.680 euros para costas provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de “Agustín Tejido, Sociedad Limitada”, contra don Ovidio Pérez García.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas o gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir al ejecutado, para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral, las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este decreto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Ovidio Pérez García, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.709/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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