Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
13-08-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100813-237

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

237
Demanda 795 de 2009

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 795 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Mar Muga Molero, don Ionut Tudor, don Eladio Díaz Rodríguez, doña María Dolores Crespo Melchor, don David Ponce Revilla, doña Andrea Pagliuca, doña María Petra Vera Arenas y doña Verónica Martínez Zazo, contra la empresa “Aplicaciones y Distribuciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 12 de julio de 2010 del tenor literal siguiente:

Auto

En Madrid, a 12 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo: haber lugar a la aclaración de la sentencia de 17 de junio de 2010, cuya parte dispositiva queda redactada en los siguientes términos:

«Fallo

Que estimando la demanda promovida por doña María Mar Muga Molero, don Ionut Tudor, don Eladio Díaz Rodríguez, doña María Dolores Crespo Melchor, don David Ponce Revilla, doña Andrea Pagliuca, doña María Petra Vera Arenas y doña Verónica Martínez Zazo, contra la empresa “Aplicaciones y Distribuciones, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a pagar a los actores las siguientes sumas, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que pueda alcanzar al Fondo de Garantía Salarial, para caso de insolvencia empresarial.

A doña María Mar Muga Molero: 8.427,37 euros.

A don Ionut Tudor: 10.816,32 euros.

A don Eladio Díaz Rodríguez: 4.926,10 euros.

A doña María Dolores Crespo Melchor: 2.193,06 euros.

A don David Ponce Revilla: 5.472,12 euros.

A doña Andrea Pagliuca: 3.551,60 euros.

A doña María Petra Vera Arenas: 7.773,06 euros.

A doña Verónica Martínez Zaza: 2.311,66 euros.»

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso alguno sin perjuicio de su derecho a recurrir la sentencia.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta de este Juzgado. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez sustituta de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aplicaciones y Distribuciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.501/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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