Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
11-08-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100811-283

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

283
Ejecución 340 de 2009

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 340 de 2009-V de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Pilar Pino de Llano, contra la empresa “Rojilo, Sociedad Limitada”, sobre ejecución, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Francisco Juan Sánchez Delgado.—En Móstoles, a 20 de julio de 2010.

No estando citada en forma la empresa demandada a fin de asistir a la comparecencia señalada para el día 16 de julio de 2010, se señala nuevamente para su celebración el día 28 de septiembre de 2010, a las diez horas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 254 de la Ley de Procedimiento Laboral, habiéndose solicitado por la parte demandante el embargo de las cantidades que se encuentren en la caja de la empresa.

Notifíquese esta resolución a las partes, sirviendo de citación.

Notifíquese a la empresa demandada en la calle Navales, números 10 y 19, del polígono industrial “Urtinsa”, y a través de edictos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rojilo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 20 de julio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.970/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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