Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
03-08-2010

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100803-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

74
Delegación facultades

Pongo en su conocimiento que por la señora alcaldesa en funciones se ha dictado el siguiente decreto:

Decreto.—En Getafe, a 12 de julio de 2010.

En uso de las facultades que me están conferidas por el artículo 126.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Getafe, habiendo decretado el 7 de julio de 2010 que todas las facultades inherentes a la Alcaldía sean asumidas por mí, primera teniente de alcalde de este Ayuntamiento, en el período comprendido desde las catorce horas del 8 de julio de 2010 hasta las veintidós horas del 23 de julio de 2010, con motivo de la ausencia del alcalde del término municipal, dispongo:

Que todas las funciones inherentes a mi cargo como concejala-secretaria de la Junta de Gobierno a celebrar en el período referido sean asumidas por el cuarto teniente de alcalde, don David Castro Valero.

El presente decreto surtirá efectos desde el día de la fecha, dándose cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que este celebre, debiéndose publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Informativo Municipal”.

Lo manda y firma la alcaldesa en funciones, en el lugar y fecha arriba indicados, de lo que como secretaria general del Pleno, en funciones de jefa de la Oficina de la Junta de Gobierno, doy fe.

Lo que traslado a los efectos oportunos.

Getafe, a 12 de julio de 2010.—La secretaria general del Pleno, en funciones de jefa de la Oficina de la Junta de Gobierno, Concepción Muñoz Yllera.

(03/29.656/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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