Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
30-07-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100730-290

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

290
Demanda 155 de 2010

Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 155 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Manuel Aparicio García, contra la empresa “Unique Spa Divi, Sociedad Limitada”, don Enrique Llopis Millán, doña Marta Simal Torcida, administración concursal, y don José Félix González Salas, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:

Sentencia número 308 de 2010

En Madrid, a 28 de junio de 2010.—Vistos por mí, doña María Luz Rico Recondo, magistrada-juez titular del Juzgado de lo social número 39 de los de Madrid, los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en materia de reclamación de cantidad, entre las siguientes partes: como demandante, don Juan Manuel Aparicio García, asistido de la letrada doña María Rosario Mancilla Raso, y como parte demandada, la empresa “Unique Spa Divi, Sociedad Limitada”, don Enrique Llopis Millán, doña Marta Simal Torcida, don José Félix González Salas, en su condición de administradores concursales de la mercantil demandada y el Fondo de Garantía Salarial.

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por don Juan Manuel Aparicio García, frente a “Unique Spa Divi, Sociedad Limitada”, don Enrique Llopis Millán, doña Marta Simal Torcida y don José Félix González Salas, en su condición de administradores concursales de la mercantil demandada, y el Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de salarios y liquidación, debo condenar y condeno a la citada empresa demandada “Unique Spa Divi, Sociedad Limitada”, al abono al actor de la cantidad de 9.051,39 euros en concepto de cantidad bruta reclamada, cantidad que deberá ser incrementada con el 10 por 100 de interés por mora, condenando a don Enrique Llopis Millán, doña Marta Simal Torcida y don José Félix González Salas, en su condición de administradores concursales de la mercantil demandada, a pasar por esta declaración, con absolución al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en la forma y los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Unique Spa Divi, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 30 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.550/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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