Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
29-07-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100729-169

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

169
Ejecución 223 de 2009

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 223 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alba Martínez del Campo, contra la empresa “Ardora Network, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 22 de septiembre de 2009 y del auto de extinción de la relación laboral de fecha 12 de abril de 2010 a favor de la parte ejecutante doña Alba Martínez del Campo, frente a la empresa “Ardora Network, Sociedad Limitada”, por un importe de principal de 18.670 euros, más 1.120 euros para intereses y más 1.867 euros para costas, en ambos casos provisionales.

La ejecución se entenderá ampliada automáticamente si en las fechas de vencimiento, en caso de que existieran, no se hubieren consignado a disposición de este órgano judicial las cantidades correspondientes a los vencimientos que se produzcan.

En orden a dar efectividad a la ejecucion instada por la parte actora, acuerdo: El embargo de los bienes propiedad de la ejecutada que se desprendan de las averiguaciones patrimoniales llevadas a cabo por este Juzgado. Asimismo, líbrese, a tal efecto, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y al Servicio de Índices del Registro de la Propiedad los despachos pertinentes a fin de que remitan a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada.

Requerir a la empresa ejecutada a fin de que, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué títulos, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérseles también multas periódicas.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ardora Network, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de junio de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/28.172/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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