Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
07-07-2010

Sección 1.2.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100707-2

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

2
RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2010, del Director General de Función Pública, por la que se adjudican en turno restringido los puestos funcionales de Libre Designación “Director Centro Menores > 100” (NPT 38787) y “Subdirector Centro Menores > 100” (NPT 63667), adscritos al Instituto Madrileño del Menor y la Familia, convocados por Resolución 369/2010, de 6 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de abril), de la Directora-Gerente del citado Organismo.

Vista la propuesta de la Directora-Gerente del Instituto Madrileño del Menor y la Familia, de acuerdo con lo establecido en la base séptima, punto 2, de la Resolución 369/2010, de 6 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de abril), de la Directora-Gerente del Instituto Madrileño del Menor y la Familia, por la que se convocaban pruebas selectivas para proveer, en turno restringido, los puestos funcionales de Libre Designación “Director Centro Menores > 100” (NPT 38787) y “Subdirector Centro Menores > 100” (NPT 63667), adscritos al citado Organismo Autónomo,

DISPONGO

Primero

Adjudicar, en turno restringido, los puestos funcionales de Libre Designación:

— “Director Centro Menores > 100” (NPT 38787) a don Hermes de la Osa Belloch (DNI número 50710941-N).

— “Subdirector Centro Menores > 100” (NPT 63667) a don José Higueras Palacios (DNI número 2848959-H).

Segundo

La presente Resolución tendrá efectos desde el 1 de julio de 2010, debiendo, con esa fecha, producirse la incorporación de los seleccionados a sus puestos de trabajo y, en su caso, el cese de los trabajadores adscritos con carácter provisional al mismo. Igualmente, deberá formalizarse en el contrato de trabajo de los seleccionados la oportuna diligencia del consentimiento respecto de las nuevas condiciones laborales. En cuanto al régimen de remoción del puesto, de dedicación y de retribuciones se estará a las prescripciones contenidas en el convenio colectivo.

Tercero

Contra la presente Resolución podrán interponer los interesados, ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, reclamación administrativa previa a la vía judicial laboral, en los términos y con los efectos previstos en los artículos 69 y siguientes del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril.

Madrid, a 10 de junio de 2010.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.

(03/25.725/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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