Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
02-07-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100702-257

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 6

EDICTO

257
Despidos 1.334 de 2009

Doña Ana Aznar Unzurrunzaga, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.334 de 2009, a instancias de la parte actora, don José Antonio García Florido, contra don César Román Viruete, Fondo de Garantía Salarial y Asociación Círculo Empresarial Independiente de Pymes Málaga, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución de fecha 26 de enero de 2010 del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por don José Antonio García Florido, contra la empresa Asociación Círculo Empresarial Independiente de Pymes Málaga y don César Román Viruete, declaro improcedente el despido del actor, y dada la imposibilidad de readmisión del trabajador, declaro extinguida, a esta fecha, la relación laboral que unía a las partes, condenando a los demandados a que abonen al trabajador la cantidad de 1.139,18 euros en concepto de indemnización, más otra cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la presente sentencia por importe de 5.000 euros, y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponder al Fondo de Garantía Salarial en los términos previstos en nuestro ordenamiento jurídico.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo social número 6 de Málaga, en los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado don César Román Viruete, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndole saber de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 1 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.576/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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