Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
22-06-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100622-194

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

194
Demanda 1.695 de 2009

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria de lo social del número 16 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña Mercedes Razola Dueñas, contra “El Gourmet Navarro, Sociedad Limitada”, ministerio fiscal, Fondo de Garantía Salarial y administración concursal, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1.695 de 2009, se ha acordado citar a “El Gourmet Navarro, Sociedad Limitada”, y al administrador concursal don Miguel González Ambles, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 16 de septiembre de 2010, a las diez y cincuenta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 16, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “El Gourmet Navarro, Sociedad Limitada”, y ministerio fiscal, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 31 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.454/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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