Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
07-06-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100607-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

146
Demanda 1.533 de 2008

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretario judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.533 de 2008, recurso número 24 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yolanda Parilla Orozco, doña Laura Ferrer Guerra, doña Ana Velaz Iglesias, y don Andrés Fernando Martín Aires, contra las empresas “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, y “Bai Promoción de Congresos, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 20 de abril de 2010.

Parte dispositiva:

1) Ábrase pieza separada que se encabezará en testimonio de la sentencia, a la que se unirán el precedente escrito y esta resolución.

2) Se ejecuta provisionalmente la sentencia de este Juzgado dictada en los presentes autos y, en consecuencia, se reconoce a doña Yolanda Parilla Orozco, doña Laura Ferrer Guerra, don Andrés Fernando Martín Aires, y doña Ana Velaz Iglesias, su derecho a cobrar, en concepto de anticipo a cuenta de la misma, 12.279,66 euros, haciéndolo efectivo con cargo a la cantidad consignada para recurrir por el empresario deudor. Correspondiendo a cada actor las siguientes cantidades:

A doña Yolanda Parrilla Orozco: 2.740,14 euros.

A doña Laura Ferrer Guerra: 2.935,05 euros.

A don Andrés Fernando Martín Aires: 3.534,73 euros.

A doña Ana Vélez Iglesias: 3.069,74 euros.

Firme esta resolución, expídase los oportunos mandamientos de pago.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social, Segismundo Crespo Valera.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, y “Bai Promoción de Congresos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.195/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100607-146