Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100526-186

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

186
Ejecución 218 de 2008

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 218 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Anastasio García Mateos, don José Martín Moreno y don Juan Antonio Castaño Carro, contra la empresa “Lepar Estructuras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

a) Se acuerda despachar la ejecución solicitada por don Anastasio García Mateos, contra “Lepar Estructuras, Sociedad Limitada”, por un importe de 20.393,28 euros de principal y otros 4.078 euros de intereses y costas, y se decreta el embargo de bienes de “Lepar Estructuras, Sociedad Limitada”.

b) Se acuerda acumular la presente ejecución a la número 218 de 2008, seguida en este Juzgado a instancias de don Juan Antonio Castaño Carro, contra la misma ejecutada, ascendiendo el principal de todas las ejecuciones acumuladas a un total de 37.333,23 euros, más 7.464 euros de intereses y costas. Afectándose los bienes embargados, en su caso, en las distintas ejecuciones acumuladas para responder de la totalidad de las mismas. Llévese testimonio de la presente resolución, así como de la sentencia dictada en estos autos y de los particulares necesarios a la ejecución a que esta se acumula.

c) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

d) En relación a la solicitud de testimonios para reclamar al Fondo de Garantía Salarial, deberá solicitarlos en el momento procesal oportuno.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada, en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Lepar Estructuras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.141/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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