Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
12-05-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100512-302

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

EDICTO

302
Ejecución 50 de 2010

Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos con el número D-1.392 de 2009, hoy ejecución número 50 de 2010, a instancias de don Raúl Sánchez Núñez, contra la empresa “Basicarne, Sociedad Limitada”, sobre despido, en los que en fecha 9 de abril de 2010 se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Despachar la ejecución solicitada por don Raúl Sánchez Núñez, contra “Basicarne, Sociedad Limitada”, por un importe de 4.720 euros de principal, más 283 euros de intereses y 472 euros de costas que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente para cubrir dichas cantidades.

c) Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase.

e) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo.

f) Acumular la presente ejecución a la número 1 de 2010, seguida en este Juzgado a instancias de don Luis Eduardo Pérez Arias Camisón, y a la número 31 de 2010, seguida a instancias de don Javier Fernández Castilla, contra la misma ejecutada, ascendiendo el principal de todas las ejecuciones acumuladas a un total de 14.822,92 euros, más 889 euros de intereses y 1.482 euros de costas calculadas provisionalmente. Afectándose los bienes embargados, en su caso, en las distintas ejecuciones acumuladas para responder de la totalidad de las mismas. Llévese testimonio de la presente resolución, así como de la sentencia dictada en estos autos y de los particulares necesarios de la ejecución a que esta se acumula.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Basicarne, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.108/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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