Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
11-05-2010

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100511-15

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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Orden de 14 de abril de 2010, por la que se modifica la Orden de 14 de enero de 2002, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el procedimiento de elaboración y gestión de las nóminas del personal al servicio de la Comunidad de Madrid.

La regulación del procedimiento de elaboración y gestión de las nóminas del personal al servicio de la Comunidad de Madrid se efectuó mediante la Orden de 14 de enero de 2002, de la Consejería de Hacienda, con la finalidad expresa de dar respuesta al aumento competencial y de efectivos que se produjo en ese momento en la Comunidad de Madrid. Para ello, se implementó un sistema integrado de información para la gestión de personal y se adaptaron los procedimientos, garantizando, de esa forma, una mayor agilidad, claridad y eficacia en los mismos e incrementando la seguridad jurídica en la materia.

En el lapso de tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la citada Orden, y manteniendo el mismo objetivo, se han detectado ciertos elementos del procedimiento susceptibles de mejora y cuya modificación se considera imprescindible acometer, en aras de conseguir una mayor eficacia y agilidad. En concreto, se sustituirá el tradicional envío de documentos en papel por la puesta a disposición de la información a Tesorería a través de medios informáticos de transmisión de datos.

Esta modificación contribuirá de forma decisiva a la mejora del procedimiento en cuestión y se ha planificado de acuerdo con las previsiones en la materia de la Agencia de Protección de Datos, integrándose en uno de los principales objetivos de la Comunidad de Madrid en los últimos años, como es la progresiva implantación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en todos los procedimientos de gestión administrativa, lo que contribuye a obtener un importante ahorro en costes.

A la vista de cuanto antecede, el Consejero de Economía y Hacienda, a propuesta de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, y de conformidad con las atribuciones conferidas en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal,

DISPONGO

Artículo único

Se sustituye el artículo 12 de la Orden de 14 de enero de 2002 por el siguiente:

«Artículo 12

Remisión a Tesorería

Las unidades encargadas de la elaboración de la nómina, una vez que esta haya sido fiscalizada y contabilizada, remitirán a la Tesorería, al menos con cuatro días de antelación a la fecha prevista de pago, los documentos contables que componen la nómina.

Paralelamente, pondrán a disposición del citado centro directivo el fichero de trasferencias bancarias y la “Relación totalizada de perceptores con expresión, para cada uno de ellos, del NIF, apellidos y nombre, datos bancarios o cheque a emitir y el importe líquido a pagar».

Dado en Madrid, a 14 de abril de 2010.

El Consejero de Economía y Hacienda, ANTONIO BETETA BARREDA

(03/18.086/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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