Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
27-04-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100427-260

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

260
Demanda 54 de 2010

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria de lo social del número 18 de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de providencia dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de Don José Luis Gurudi Unzueta, contra “Tayven Car, Sociedad Anónima”, “Tayven Car Distribución, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por ordinario, registrado con el número 54 de 2010, se ha acordado citar a “Tayven Car, Sociedad Anónima”, y “Tayven Car Distribución, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 24 de enero de 2011, a las nueve y diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 18, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Al mismo tiempo se le cita para practicar la prueba de interrogatorio de partes en juicio.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Tayven Car, Sociedad Anónima”, y “Tayven Car Distribución, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 5 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.737/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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