Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
27-04-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100427-158

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

EDICTO

158
Juicio verbal 321 de 2008

Doña Paloma Huelin Martínez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.

Hace saber: Que en el procedimiento de juicio verbal sobre guarda y custodia número 321 de 2008, a instancias de don Juan Marcelo Ramos, contra doña Alexandra Elizabeth Duchicela Vásquez, declarada en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 26 de enero de 2010, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 24 de 2010

En Madrid, a 26 de enero de 2010.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 321 de 2008, juicio verbal sobre relaciones paterno-filiales, promovido por don Juan Marcelo Ramos Carrión, contra doña Alexandra Elizabeth Duchicela Vásquez, en base al siguiente

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora señora Leal Labrador, en nombre y representación de don Juan Marcelo Ramos Carrión, contra doña Alexandra Elizabeth Duchicela Vásquez, debo declarar y declaro haber lugar a regular las relación de ambas partes con su hija menor de edad, Almirena Alejandra Ramos Duchicela, mediante la adopción de las medidas que constan en el fundamento segundo de la presente resolución, que en aras de la brevedad se tiene aquí por reproducido.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid. El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de la notificación, limitando a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 456.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), con acreditación de haber consignado el depósito que establece la disposición decimoquinta de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a doña Alexandra Elizabeth Duchicela Vásquez y para su publicación el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID extiendo y firmo el presente en Madrid, a 26 de marzo de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/14.018/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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