Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100303-267

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

267
Demanda 1.486 de 2008

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.486 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Fernández Sagredo, contra la empresa “Casarrubios Forestal, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 4 de mayo de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar la demanda interpuesta por don Carlos Fernández Sagrado contra “Casarrubios Forestal, Sociedad Limitada”, y en su virtud, condenar a esta a que le satisfaga a aquel por los conceptos de la demanda 7.116,45 euros, más los intereses por mora del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores sobre los conceptos salariales (10 por 100 anual) y las costas del juicio (honorarios de letrado).

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2807/0000/60, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en la oficina del “Banco español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de esta capital.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso acreditar haber consignado la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en la cuenta número 2807/0000/65, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en el mismo banco.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Casarrubios Forestal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y “Boletines Oficiales de las provincias de Toledo, Ciudad Real y Segovia”.

En Madrid, a 2 de febrero de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/5.572/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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