Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100225-200

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

200
Ejecución 408 de 2009

Don Francisco Javier Sanz Rodero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 408 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de los Ángeles Parro Morales y doña Felisa Alonso Cruz, contra la empresa “Pan y Moja, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Acumular a la presente ejecución las que se siguen en los autos número 431 de 2009, de este Juzgado, frente a la común deudora “Pan y Moja, Sociedad Limitada”, quedando fijado el principal en la cantidad de 9.327,73 euros, más otros 1.865,54 euros.

Notifíquese esta resolución a todas las partes de dichos autos.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspendera la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo mandó y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social, Pilar Elena Sevilleja Luengo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pan y Moja, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 25 de enero de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/4.894/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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