Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100206-0096

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 9 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 693 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Grzegorz Siuzdak, contra la empresa “Friuobras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 13 de enero de 2010.

Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente y general aplicación, dispongo: Que debo declarar extinguida la relación laboral que unía a don Grzegorz Siuzdak y a la empresa “Friuobras, Sociedad Limitada”, condenando a dicha entidad a que abone al actor las cantidades siguientes:

Trabajador: don Grzegorz Siuzdak.

Indemnización legal: 24.707,29 euros.

Salarios de tramitación: 22.422 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Friuobras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de enero de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/2.402/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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