Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-01-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100126-0216

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.114 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Muñoz Lara, contra la empresa “Termal Isolation World Wide, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 8 de enero de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Providencia

Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Isidro M. Saiz de Marco.—En Madrid, a 8 de enero de 2010.

Dada cuenta; por presentado el anterior escrito, únase, dando traslado del mismo a la parte demandada, y a la vista de la ejecución solicitada por la parte actora se acuerda, en virtud de lo preceptuado en los artículos 278 y 279 de la Ley de Procedimiento Laboral, citar de comparecencia a las partes para el día 3 de marzo de 2010, a las nueve y treinta horas de su mañana, haciéndole la advertencia de que en caso de no comparecer la parte actora o persona que le represente se le tendrá por desistida de su solicitud, y en caso de no comparecer la empresa o su representante legal se celebrará el acto sin su presencia.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente de aquellos vendrá obligado a consignar como depósito, en la cuenta bancaria de este Juzgado abierta en “Banesto”, con el número 2500, la cantidad de 25 euros, como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición, lo que deberá acreditarse mediante el correspondiente resguardo de ingreso al tiempo de presentar el recurso de reposición (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, según redacción dada por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Termal Isolation World Wide, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE .

En Madrid, a 8 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.718/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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